Policia Local – Fijada la edad de acceso en 36 años
En el DOGV del pasado 26 de diciembre se publicó la LEY 9/2011, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, es decir, la denominada ley de acompañamientos de los presupuestos.
Pues bien, como ya sabíamos, esta ley iba a cambiar la edad de acceso, pero finalmente la ha fijado en 36 años y no en la edad de jubilación como parecía y os habíamos comentado en publicaciones anteriores.
En todo caso, os adjunto enlace a la citada ley, en el art. 79 de la misma podéis observar como añade un nuevo art. 33 bis a la ley de coordinación, el cual establece dichos requisitos.
http://www.docv.gva.es/datos/2011/12/28/pdf/2011_13102.pdf
Artículo 33 bis. De los requisitos de los aspirantes a la categoría de agentes de la escala básica de policía local y auxiliares de policía local.
1. Son requisitos de participación en los procedimientos selectivos para el ingreso en la categoría de agente de policía local y auxiliares:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido treinta y seis años.
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